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Resolución de la Dirección General de Movilidad y Litoral por la que se acuerda la suspensión de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista y de Consejeros de Seguridad para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera o por Ferrocarril a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020 (BORM nº 80, de 06/04/2020).
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 260 de 11 de noviembre de 2019 la Resolución de la Dirección General de Movilidad y Litoral, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional para reconocer el cumplimiento del requisito de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 50 de 29 de febrero de 2020 la Resolución de la Dirección General de Movilidad y Litoral de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y la Resolución del mismo órgano por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado o en su caso de renovación de la capacitación profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, y en atención a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como a las instrucciones realizadas por las autoridades sanitarias en relación a la transmisión del coronavirus, se hace necesario suspender todas las convocatoria hasta que puedan celebrarse las pruebas con total seguridad para los aspirantes.

En virtud de lo expuesto,

Resuelvo:

Primero. Suspender las convocatorias realizadas mediante las Resoluciones de la Dirección General de Movilidad y Litoral siguientes:

- Resolución por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional para reconocer el cumplimiento del requisito de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 260 de 11 de noviembre de 2019.

- Resolución por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 50, de 29 de febrero de 2020.

- Resolución por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado o en su caso de renovación de la capacitación profesional de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 50, de 29 de febrero de 2020.

Segundo. Las nuevas fechas para la realización de los ejercicios así como los nuevos plazos de admisión de solicitudes y pagos de las tasas, serán anunciadas con la debida antelación mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, una vez que pierda vigencia la situación de estado de alarma en el territorio nacional.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento e Infraestructuras, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 30 de marzo de 2020. La Directora General de Movilidad y Litoral, Marina Munuera Manzanares.




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