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Resolución de 23 de abril de 2020, de la Dirección General de Movilidad y Litoral por la que se declara la suspensión temporal de los exámenes teóricos para la obtención de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Murcia durante el año 2020 (BORM nº 99, de 30/04/2020).
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la Resolución de 10 de enero de 2020 de la Dirección General de Movilidad y Litoral por la que se convocan los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, (BORM n.º 14, de 18 de enero de 2020) y la Resolución de 16 de marzo de 2020 de la de Dirección General de Movilidad y Litoral por la que modifica la Resolución de 10 de enero de 2020 por la que se convocan los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, (BORM n.º 65 de 18 de marzo de 2020) y a la vista de las medidas adoptadas por el Consejo de Ministros en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener la progresión de la enfermedad, se hace necesario aplazar la celebración de los exámenes hasta que puedan ser realizados con total seguridad para los aspirantes y minimizar los posibles riesgos.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, en la Orden de 15 de enero de 2015 por la que se regula la obtención de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Resuelvo:

Primero. Suspender temporalmente la celebración de los exámenes establecidos mediante las Resoluciones de la Dirección General de Movilidad y Litoral siguientes:

- Resolución 10 de enero de 2020 de la Dirección General de Movilidad y Litoral por la que se convocan los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 14 de 18 de enero de 2020.

- Resolución de 16 de marzo de 2020 de la de Dirección General de Movilidad y Litoral por la que modifica la Resolución de 10 de enero de 2020 por la que se convocan los exámenes teóricos para la obtención de titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 65 de 18 de marzo de 2020.

Segundo. Las nuevas fechas para la realización de los exámenes, así como los nuevos plazos de admisión de solicitudes, serán anunciadas con la debida antelación mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, una vez que pierda vigencia la situación de estado de alarma en el territorio nacional.

Tercero. Las solicitudes y tasas de aquellas personas matriculadas en plazo para los exámenes no celebrados del 29 de marzo (1.ª convocatoria), podrán ser trasladadas y aplicadas para los siguientes exámenes que convoque la Comunidad Autónoma de Murcia en el año en curso.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento e Infraestructuras en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 27 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de las Administraciones Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Murcia, 23 de abril de 2020. La Directora General de Movilidad y Litoral, Marina Munuera Manzanares.




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