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Resolución de la Dirección General de Movilidad y Litoral de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se declara el aplazamiento de la realización de las pruebas de la segunda convocatoria para la obtención del certificado de aptitud profesional para reconocer el cumplimiento del requisito de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (BORM nº 65, de 18/03/2020).
Habiéndose publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 260 de 11 de noviembre de 2019 la fecha de celebración de las pruebas para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional para reconocer el cumplimiento del requisito de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2020, y en atención a las recomendaciones realizadas por las autoridades sanitarias en relación a la transmisión del coronavirus (COVID-19), se hace necesario aplazar la celebración de los ejercicios correspondientes a la segunda convocatoria hasta que puedan ser realizados con total seguridad para los aspirantes.

En virtud de lo expuesto,

Resuelvo:

Primero. Aplazar la realización del examen correspondiente a la segunda convocatoria, cuya fecha estaba inicialmente prevista para el día 24 de marzo de 2020.

La nueva fecha para la realización de los ejercicios será anunciada con la debida antelación mediante nota informativa con exposición en el tablón de anuncios y en la página web de la Dirección General de Movilidad y Litoral.

Segundo. A los efectos de lo establecido en el artículo 14.1 del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, podrán concurrir al examen en la nueva fecha que se señale todos los aspirantes que, al día de publicación de esta Resolución, figuren en la lista definitiva de admitidos a esta convocatoria.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Consejero Fomento e Infraestructuras, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Murcia, 13 de marzo de 2020. La Directora General de Movilidad y Litoral, Marina Munuera Manzanares.




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