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Convocatoria de Subvenciones cofinanciadas por el FEDER, a entidades sin fin de lucro, para la financiación de actuaciones que fomenten la alfabetización digital y la e-inclusión, en el ámbito de la Región de Murcia, correspondiente al ejercicio 2021

Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades siguientes:
a) Entidades privadas sin fin de lucro: asociaciones, fundaciones, federaciones u otro tipo de institución privada que pueda acreditar la carencia de lucro en sus objetivos.
b) Corporaciones de derecho público. Quedan excluidos expresamente como beneficiarios las universidades, entidades administradas por ellas y cámaras oficiales de comercio de la Región de Murcia.
El ámbito geográfico de cualquier beneficiario debe incluir todo o parte del territorio de la Región de Murcia.
No podrán resultar beneficiarias las entidades solicitantes en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en cuanto les resulten de aplicación.
Objeto.
Actuaciones que fomenten la alfabetización y la inclusión digitales.
Bases reguladoras.
Orden de 25 de octubre de 2018 de la Consejería de Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a conceder a entidades sin fin de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones que fomenten la alfabetización digital, el e-aprendizaje y la e-inclusión, en el ámbito de la Región de Murcia (BORM nº 258 de 8 de noviembre de 2018).
Cuantía.
Importe total de la convocatoria: 200.000 euros.
Cada beneficiario podrá obtener una cuantía máxima en concepto de ayuda de 15.000 euros. Asimismo, en ningún caso, el importe concedido será superior al 90% de los gastos considerados subvencionables. El resto del importe del proyecto (como mínimo el 10% de los gastos subvencionables más los gastos no subvencionables, lo que incluye los impuestos indirectos), deberá ser aportado en su totalidad por el beneficiario. Las ayudas estarán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a través del Programa Operativo de la Región de Murcia 2014-2020 en un 80%, en el marco del Objetivo Temático 2 “Mejorar el uso y la calidad de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones y el acceso a ellas” y con fondos propios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en un 20%.
Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvención dirigidas al Consejero de Presidencia y Hacienda, serán presentadas en el plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Otros datos.
La presentación de las solicitudes deberá realizarse por vía telemática a través del “Formulario de solicitud genérica”, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, accesible a través de la página https://sede.carm.es Procedimiento 2498, acompañando la documentación requerida en el artículo 9 de la presente convocatoria.

Consulta BDNS del extracto, convocatoria y bases reguladoras https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/ convocatoria/543301

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