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Extracto de la Resolución de 10 de abril de 2024, del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por la que se aprueba la convocatoria para Pymes Autónomos y Pymes Comunidades de Bienes, de ayudas a inversiones productivas y tecnológicas (BORM nº 89, de 18/04/2024) (PLAZO: 18/06/2024).
  • BDNS (Identif.): 754715
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754715)

Primero. Beneficiarios:

PYMES autónomos y PYMES comunidades de bienes que cumplan con lo establecido en el artículo 2 de las bases reguladoras, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Segundo. Objeto:

Es objeto de esta convocatoria, con arreglo al régimen de concurrencia competitiva previsto en el capítulo I, del título I de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, convocar las ayudas dirigidas a apoyar las inversiones productivas y tecnológicas.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden de 28 de marzo de 2023 de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se aprueba las bases reguladoras del programa de apoyo a Inversiones Productivas y Tecnológicas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), BORM n.º 82 de 11 de abril de 2023.

Cuarto. Financiación.

El crédito disponible máximo para esta convocatoria es de QUINIENTOS MIL EUROS (500.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 1607.771E.75001 para 2024.

Este crédito será financiado hasta el 60%, o con una tasa de cofinanciación superior en el caso de que se acuerde procedentemente, con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), es decir, hasta TRESCIENTOS MIL euros (300.000 €), asignados al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, con arreglo al Programa Región de Murcia FEDER 2021-2027 (Objetivo Específico OE 1.3).

Quinto. Cuantía e intensidad de la subvención:

Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% para pequeñas empresas y del 40% para medianas empresas sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 50.000 €.

Sexto. Costes elegibles:

La adquisición de activos materiales nuevos (incluidos gastos de transporte y embalaje), realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

Quedan excluidos la compra de: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos.

El proyecto deberá tener una inversión elegible mínima de 100.000 euros.

Séptimo. Presentación y plazo:

La solicitud de subvención se encuentra disponible en los modelos normalizados que se facilitan en la dirección: www.institutofomentomurcia.es/infodirecto y podrá presentarse desde las 9 horas del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria y hasta un plazo máximo de dos meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.

Murcia, 10 de abril de 2024. El Presidente, Luis Alberto Marín González.


Para acceder al documento BORM pinche aquí.
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